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Comunicado del 17 de Julio de 2003

ACUERDO SOBRE BONUS PARA LOS COMPAÑEROS DE SERVICIOS CENTRALES Y SOBRE LA CREACION DE LA A I E.

En el día de hoy hemos firmado dos importantes acuerdo. El primero, sobre la creación de la A.I.E., y el segundo, sobre la modificación del pacto 13º del Convenio Interno de Deutsche Bank, que regula la percepción del Bonus mínimo para el personal de la red, haciéndolo extensible para todo el personal de Servicios Centrales.

I.-PACTO 13º DEL CONVENIO INTERNO SOBRE RETRIBUCIONES VARIABLES.

El acuerdo alcanzado  va a permitir que a partir del presente año que todos los compañeros de Servicios Centrales, como ya ocurría en la red de oficinas, tengan la posibilidad de cobrar un mínimo en concepto de Bonus. Para la percepción del Bonus se deberán cumplir unos resultados, no dependiendo por tanto de la buena voluntad del jefe de turno, sino del cumplimiento de unos objetivos.

El pacto contempla dos partes: la primera la modificación de los criterios exitentes para fijar el Bonus en la red, y la segunda el establecimiento en si mismo del Bonus para el personal de Servicios Centrales, a continuación transcribimos el texto del acuerdo a fin de que conozcais exactamente en que consiste:

a) Para el personal que preste sus servicios en la Red de oficinas, desarrollando sus funciones tanto en el área comercial como operativa, se considerarán pra el conjunto de la Oficina los siguientes criterios:

Objetivos Ponderación
1. Resultados Globales CIF 25%
2. Captación de clientes 25%
3. Índice CCO 25%
Criterio comercial por la Dirección para el ejercicio 2003
4. Captación de Negocio (Assets under Control-AuC) 25%

En caso de que el cumplimiento del presupuesto anual global de la Oficina fuera superior o igual al 80% de los objetivos descritos, se garantiza un Bonus mínimo para cada empleado equivalente a 450 Euros; si el cumplimiento fuera igual o superior al 100%, la cantidad mínima será de 900 Euros.

b) Para el resto de empleados del Banco, es decir, aquellos que no presten sus servicios en la Red de Oficinas, el Bonus a percibir vendrá determinado por la suma de los resultados obtenidos por cada una de las Oficinas según lo establecido en los párrafos anteriores, y prorrateándose en función de su peso especifico dentro del total de la Red de Oficinas.

(peso especifico de la oficina= Nº de empleados de la Oficina / Nº total empleados de la red de oficinas - Cumplimiento Global= % cumplimiento oficina a* Peso específico Oficina a)  +  % cumplimiento Oficina b*  Peso específico Oficina b)  +  .....

A tal efecto, en el supuesto que el cumplimiento global del total de las Oficinas sea superior o igual al 70%, se garantiza un Bonus mínimo de 300 Euros; si el cumplimiento global fuera superior o igual al 80%, la cantidad mínima será de 450 Euros.

En ambos casos, dichos importes tienen la consideración de mínimos en función del cumplimiento de los objetivos descritos, ya sea para el conjunto de la Oficina como para los resultados globales en la ponderación de cada una de ellas. Por tanto, e independientemente de ello, la Dirección del Banco podrá establecer criterios de retribución variable a los empleados en función del cumplimiento de objetivos individuales o en base a criterios de desarrollo profesional.

En definitiva, como podeis comprobar el acuerdo es un paso muy positivo ya que por primera vez se consigue que se fije la posibilidad de percibir un Bonus mínimo con independencia de factores "subjetivos", y que debemos de seguir profundizando en este camino a fin de evitar las arbitrariedades que en materias de Bonus se suelen producir.

II ACUERDO SOBRE LA CREACION DE LA A.I.E.

Como ya hemos venido informando, el Banco ha creado una Agrupación de Interés Económico, vinculada al Banco, y con el objetivo de prestar los servicios de Call Center y Procesing a través de la misma.

Con tal motivo el Banco nos planteó que tenían la intención de que el personal que actualmente presta servicios en los departamentos afectados pasasen a prestar sus servicios con las mismas condiciones en la nueva sociedad.

Por nuestra parte, dejamos claro desde el primer momento nuestra negativa y recelo a las estrategias de externalización, entendiendo que con la creación de la AIE dependiente del Banco, era un solución intermedia en este tipo de procesos, al seguir perteneciendo al Grupo DB. Desde esta perspectiva exigimos al Banco la garantía absoluta en el mantenimiento de las condiciones actuales y futuras de trabajo, así como la voluntariedad de los compañeros afectados. Desde  estas dos premisas hemos venido negociando el acuerdo que en el día de ayer suscribimos con el Banco.

Con la formula acordada de que los compañero pasen en Comisión de Servicio hasta el día 31-12-2006, siendo voluntaria la aceptación como la posterior renovación en su caso, así como el mantenimiento de todas las condiciones actuales (Convenio de Banca, Convenio Interno, etc.). Entendemos que nuestros objetivos iniciales se han cumplido totalmente, garantizando de esta forma los derechos de los compañero.

17 de Julio de 2003

Sección Sindical de U.G.T. de Deutsche Bank - Paseo de la Castellana, 18 - 28046 - MADRID

correo: ugt-deutsche.bank@db.com