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Comunicado del 6 de Febrero de 2008

Aplicación del pacto 13º del Convenio Interno

Una vez aplicados a los resultados de 2007 los parámetros establecidos en el Pacto 13º de nuestro Convenio Interno, el Banco nos ha notificado el resultado de la aplicación de los mismos y estos han sido muy positivos, mejorando significativamente el anterior ejercicio.

En concreto la aplicación de los resultados es la siguiente:

En conjunto, casi el 90% de las oficinas (10 puntos más que en 2006) ha superado el 80% de cumplimiento, por ello desde CC.OO y UGT nos felicitamos por los buenos resultados que ha proporcionado este año la aplicación del pacto 13, que ha permitido que los compañeros del 88,93% de las oficinas la totalidad de los SS.CC. tengan bonus mínimo.

Pero a quien realmente queremos felicitar es a todos vosotros, que gracias a vuestro esfuerzo habéis hecho posible que los resultados sean tan positivos.

Texto íntegro del Pacto 13º.- RETRIBUCIÓN VARIABLE PARA EL PERSONAL DE LA RED DE OFICINAS:

Se establece un sistema de retribución variable ("bonus") para todo el personal en activo basado en el abono de un importe mínimo, en función del cumplimiento de los presupuestos anuales y según los criterios objetivos que a continuación se detallan:

a.- Para el personal que preste sus servicios en la Red de oficinas, desarrollando sus funciones tanto en el área comercial como operativa, se considerarán para el conjunto de la Oficina los siguientes criterios:

 

Objetivos Ponderación
% de cumplimiento de Ingresos de todas las Carteras gestionadas en el CIF 50 %
% de cumplimiento del Incremento neto de Clientes Activos gestionados en el CIF 25 %
% de cumplimiento (en base a 100) en la Calidad Operativa del CIF (CCD) 25%

 En caso de que el cumplimiento anual global de la Oficina fuera superior o igual al 80% de los objetivos descritos, se garantiza un Bonus mínimo para cada empleado equivalente a 450 €; si el cumplimiento fuera igual o superior al 100%, la cantidad mínima será 900 € ..

b.- Para el resto de empleados del Banco, es decir, aquellos que no presten sus servicios en la Red de Oficinas, el Bonus a percibir vendrá determinado por la suma de los resultados obtenidos por cada una de las Oficinas según lo establecido en los párrafos anteriores, y prorrateándose en función de su peso específico dentro del total de la Red de Oficinas.

Peso específico de la Oficina = Nº de empleados de la Oficina / Nº total de empleados de la red de Oficinas

Cumplimiento Global = (% Cumplimiento Oficina a * Peso específico Oficina a) + (% Cumplimiento Oficina b * Peso específico Oficia b) +

A tal efecto, en el supuesto que el cumplimiento global del total de las Oficinas sea superior o igual al 70%, se garantiza un Bonus mínimo de 300 €; si el cumplimiento global fuera superior o igual al 80%, la cantidad mínima será de 450 €.

En ambos casos, dichos importes tienen la consideración de mínimos en función del cumplimiento de los objetivos descritos, ya sea para el conjunto de la Oficina como para los resultados globales en la ponderación de cada una de ellas. Por tanto, e independientemente de ello, la Dirección del Banco podrá establecer criterios de retribución variable a los empleados en función del cumplimiento de objetivos individuales o en base a criterios de desarrollo profesional.

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